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Reducen beneficios a empresas certificadas para IVA e IEPS

Para aquellas con programa de la industria maquiladora y manufacturera de servicios de exportación

Redacción by Redacción
27 julio, 2020
in General
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Reducen beneficios a empresas certificadas para IVA e IEPS

Este 25 de julio entra en vigor la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2020”, con excepción de algunos transitorios, en la que se realizaron cambios que impactan a las empresas IMMEX con Certificación de IVA e IEPS.

Lo anterior lo señaló el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien refirió que derivado de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, los beneficios administrativos, fiscales, operativos y legales son limitados a únicamente cinco.

Quedando el que establece la Ley del IVA y del IEPS, es decir, el crédito fiscal del IVA (Impuesto al Valor Agregado) e IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) en las importaciones temporales; el esquema de despacho conjunto para las empresas IMMEX de los sectores eléctrico o electrónico, de autopartes y aeronave y de la industria automotriz podrán utilizar el esquema de despacho conjunto.

Mientras que las empresas IMMEX autopartistas podrán registrar en los sistemas de control de inventarios las mercancías que enajenaron a la Industria Automotriz Terminal.

Por otro lado, apuntó el abogado fiscalista, que eliminan beneficios entre los cuales el más delicado y que afectará el flujo de estas industrias trasnacionales establecidas en territorio nacional están la devolución del IVA en los plazos preferenciales de 10, 15 o 20 días.

Asimismo, la inscripción inmediata de los padrones sectoriales de importación y exportación; el plazo para otorgar pruebas y no suspensión automática de los padrones general y sectoriales; presentación de escrito libre para cumplimiento espontáneo sobre irregularidades de las operaciones de comercio exterior.

«También se suprime la no obligación de presentar manifestación de valor; el plazo de 60 días para cumplimiento de regulaciones no arancelarias para la sustitución del embargo precautorio de mercancías; el plazo de 36 meses para la importación temporales de mercancías; el omitir los datos de identificación individual (números de serie, parte, marca y modelo), y presentar en transferencias virtuales el pedimento único», comentó.

Además, se eliminó el envío de previo de cartas invitación para cumplimiento de obligaciones; la simplificación en los módulos del sistema de control de inventarios; el plazo de 3 meses para rectificar los pedimentos; la presentación de pedimentos mensuales; el omitir los números de serie y en las importaciones temporales o introducción los números de serie.

Así como el llevar a cabo el despacho aduanero en domicilio del exportador; realizar las transferencias virtuales con clave de pedimento V5; y el efectuar la consolidación de carga tramitados hasta por 3 agentes o apoderados aduanales.

«En este sentido, la entrada en vigor de estas disposiciones que eliminan las diversas prerrogativas para este sector será a partir de que las empresas obtengan su autorización de empresas certificadas en la modalidad de IVA e IEPS, o al recibir la renovación de la citada certificación», destacó el Dr. Octavio de la Torre.

Por último, mencionó que en TLC Asociados se cuenta con un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior. Para mayor información puede escribir al correo electrónico tlc@tlcasociados.com.mx.

Redacción

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